Casas de apuestas con licencia DGOJ en 2026: el registro, el.es y lo que cambia
29 de octubre de 2026 ante el Registro General de la Dirección General de Ordenación del Juego, donde se coteja cada titular.

Panorama del mercado regulado en España
El mercado español de apuestas deportivas no es libre ni «abierto a quien cumpla los requisitos»: es un mercado cerrado por ley. La Ley 13/2011 exige un título habilitante —una licencia o una autorización— para organizar, explotar o desarrollar cualquier actividad de juego, y considera prohibida la que se realiza sin él, con todo su régimen sancionador detrás. Quien emite una licencia es la DGOJ, dependiente del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. Quien la recibe es una persona jurídica —no un dominio, no una marca— que pasa a formar parte del registro público y al que se le aplican los reglamentos que desarrollan la Ley: el Real Decreto 1614/2011 (licencias y reglas básicas), el Real Decreto 176/2023 (juego seguro), el Real Decreto 958/2020 (comunicaciones comerciales), el Real Decreto 520/2026 (límites conjuntos entre operadores) y la Orden EHA/3080/2011 (reglas de las apuestas deportivas de contrapartida).
Una licencia DGOJ viene en dos piezas. La primera, la licencia general, acredita al operador para una modalidad completa de juego: «Apuestas», en este caso. Dura diez años y se prorroga por periodos iguales. La segunda, la licencia singular, acredita al operador para un tipo concreto de apuesta dentro de esa modalidad. Para apuestas deportivas con cuotas fijadas por el operador —el modelo habitual, en el que la casa es la contraparte— la singular es «Apuestas deportivas de contrapartida» y dura entre uno y cinco años, también prorrogables. La pérdida de la general arrastra a todas las singulares concedidas bajo ella; la DGOJ no gradúa a medias. No hay tope al número de licencias que pueden otorgarse, así que el registro admite a cuantos operadores cumplan los requisitos —el filtro es de aptitud, no de cupo.
Sobre ese armazón, una pieza adicional define el perímetro online: el operador autorizado debe prestar el servicio en un sitio web con dominio .es específico. Ofrecer juego por internet fuera de ese sitio es una infracción muy grave, igual que organizarlo sin título habilitante. Por eso la DGOJ dice al jugador que trate el .es como la señal de un operador autorizado: en España, el dominio .es sí prueba la licencia —al revés que en mercados donde conviven .com regulados y .es informativas—. Una marca sirviendo a España desde un .com queda automáticamente fuera del sistema, con todo lo que eso significa en protección al jugador y en queja.
El resultado es un mercado con muchos operadores, todos en .es, todos con licencia general «Apuestas» más su singular correspondiente. La selección que sigue al final del artículo recorre diez de esos operadores con sus particularidades. Ninguno de ellos es «el» operador legal; todos lo son, y el lector que busque la lista completa la encuentra en el registro público de la DGOJ.
Normativa: qué exige la Ley 13/2011 y qué castiga su incumplimiento
La Ley 13/2011 articula tres piezas que cualquier operador que sirve a España debe respetar y que un jugador debe entender: el título habilitante, el catálogo de infracciones y el perímetro del dominio.
El título habilitante es la llave. Sin licencia o autorización, la actividad se considera prohibida, y quienes la promueven quedan sujetos al régimen sancionador. La ley asimila el juego online transfronterizo —el ofrecido a residentes en España desde el extranjero— a la actividad sometida a la ley española, así que un operador en Malta, en Gibraltar o en Curaçao que sirva a jugadores españoles no queda fuera del radar por estar físicamente lejos.
El régimen sancionador es proporcional al tipo de infracción. Las infracciones muy graves se sancionan con multas de 1.000.000 a 50.000.000 €, y pueden sumar la pérdida del título, la inhabilitación de hasta cuatro años y el cierre de los servicios de la sociedad de la información; las graves, con 100.000 a 1.000.000 € o suspensión de hasta seis meses. En la práctica reciente, en noviembre de 2024, el Ministerio de Consumo anunció la imposición de una multa de 5.000.000 € a cada uno de los operadores extranjeros que operaban sin licencia y su inhabilitación por dos años, junto con órdenes de bloqueo de sitio y de flujos de pago desde la DGOJ. La multa individual es ajustada al mínimo dentro del tramo —los 5 M€ se sitúan en el suelo del tramo muy grave, no en su centro— y se eligió expresamente para que el castigo disuadiese sin vaciar la caja de los expedientados.
El perímetro del dominio cierra el círculo. La propia ley equipara a infracción muy grave, por un lado, ofrecer juego por internet fuera del sitio con dominio .es exigido y, por otro, organizar juego sin título habilitante. Una marca con web en .com y jugadores en España incurre en la misma categoría de infracción que una marca sin licencia: «no tengo licencia y opero en .com» y «tengo licencia y sirvo desde un dominio distinto al autorizado» son, en la práctica sancionadora, el mismo hecho. La consecuencia es importante para quien elige casa: el dominio .es no es un adorno de marca ni un gesto estético, es la única señal técnica de que el operador tiene autorización vigente para servir a residentes en España.
Quién puede participar y quién queda fuera
La ley no admite a todos. No pueden participar en el juego los menores de edad, los incapacitados legal o judicialmente y quienes hayan pedido voluntariamente que se les prohíba el acceso al juego o lo tengan prohibido por resolución judicial firme. El operador tiene que verificar la identidad, abrir un registro de usuario ligado al contrato de juego aceptado y comprobar —al menos una vez al año— que el titular de la cuenta no figura en el RGIAJ. El control no es declarativo: la DGOJ publica el registro y el operador lo cruza periódicamente. Para el jugador esto significa que la verificación de identidad no es un trámite molesto que pueda esquivarse; sin verificación completa no hay cuenta de juego plenamente operativa, y sin cuenta plenamente operativa no hay apuestas más allá de un registro inicial.
Duración y renovación de las licencias
Las licencias generales duran diez años y son prorrogables por periodos iguales; las singulares, entre uno y cinco años, también prorrogables. En la práctica, una casa de apuestas con licencia DGOJ no es un operador «de paso»: si está en el registro, lleva varios años como mínimo bajo la misma licencia y puede renovar casi por defecto si mantiene los requisitos. Una marca que entra y sale del registro cada pocos años —algo que sí pasa en jurisdicciones más laxas— no se ve en España con la frecuencia que la cobertura internacional del sector a veces sugiere.
Fundamentos sancionadores: la parte que el operador prefiere no airear
La parte menos visible del marco regulatorio es la que más cuesta al operador cuando se incumple. La Ley 13/2011 enumera infracciones muy graves que un jugador rara vez lee en la publicidad del operador: pérdida del título, inhabilitación de hasta cuatro años y cierre de los servicios de la sociedad de la información, junto con la multa de hasta 50.000.000 €. Estos tres elementos juntos —multa, pérdida de licencia y bloqueo técnico del dominio— son lo que hace que la DGOJ pueda expulsar a un operador del mercado español con consecuencias prácticas inmediatas.

El fundamento de la sanción está en dos pilares que se aplican conjuntamente. Primero, la actividad sin título habilitante es prohibida y quienes la promueven quedan sujetos al régimen sancionador. Segundo, el dominio .es es el perímetro autorizado, y ofrecer juego por internet fuera de ese sitio constituye una infracción muy grave, igual que organizar juego sin título. Quien opere un .com para jugadores españoles está, en la práctica, en la misma categoría sancionadora que quien no tenga licencia alguna.
Esta arquitectura explica por qué la DGOJ no se limita a expedir licencias: también ordena bloqueos de sitio y de flujos de pago, y publica resoluciones contra operadores concretos. El jugador que ve una sanción así tiene a su disposición, en la propia nota de prensa del Ministerio, el nombre del operador y la URL bloqueada —una pista más para verificar que una marca que le ofrece «apuestas desde el extranjero con licencia internacional» no está, de hecho, dentro del perímetro regulatorio español.
Mecánica de las licencias: general, singular y lo que significa cada una
La doble llave (licencia general + licencia singular) tiene una consecuencia práctica que merece la pena desplegar. La licencia general «Apuestas» autoriza al operador a organizar la modalidad completa de apuestas, con su correspondiente catálogo de singulares. Cada licencia singular acredita un tipo concreto dentro de esa modalidad —«Apuestas deportivas de contrapartida» para el modelo estándar en el que la casa es contraparte y la cuota se fija antes, «Apuestas deportivas cruzadas» para el modelo de intercambio tipo exchange al estilo Betfair, «Apuestas deportivas mutuas» para el modelo de pool, «Apuestas hípicas de contrapartida» para hípica, y «Otras apuestas de contrapartida» para variantes que no encajan en los tipos anteriores—. Cada singular tiene su propia duración, entre uno y cinco años, y se renueva por separado.
Una casa que sólo tiene la singular de hípica no puede, por ley, ofrecer apuestas de fútbol bajo la misma licencia. Una casa que pierde la general arrastra la pérdida de todas las singulares concedidas bajo ella, porque las singulares viven atadas a la general que las ampara —no son títulos independientes, son permisos específicos dentro de un paraguas—. El titular de la licencia es una persona jurídica, no la marca comercial: la empresa que aparece en el registro pocas veces coincide con el nombre de marca que el jugador ve en la web. Bet365, por ejemplo, es Hillside New Media Malta PLC; Kirolbet es Artxibet 2022 SA; Daznbet es DZBT Deportes. Esta separación importa cuando se busca en el registro: la marca con la que se juega no es el nombre que aparecerá como titular, y quien busque por marca puede no encontrar la licencia. Hay que buscar por titular o por dominio, y el registro público de la DGOJ permite ambas búsquedas.
La consecuencia es operativa: el jugador debe comprobar la licencia contra el dominio, no contra el nombre de marca. Una marca con dominio .es que figure en el registro de la DGOJ está autorizada; una marca con el mismo nombre comercial y un dominio distinto no lo está para España. Y una marca que aparezca en el registro pero cuyo dominio real no sea .es está incurriendo, ella misma, en la infracción muy grave de operar fuera del sitio autorizado.
Prevención y juego seguro: qué protege al jugador dentro del sistema
El jugador que juega en una casa con licencia DGOJ tiene a su disposición un conjunto de herramientas que no existen fuera del sistema. La piedra angular es el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ). Es un registro nacional donde una persona puede inscribirse voluntariamente para prohibirse el acceso al juego; los operadores con licencia deben consultarlo periódicamente y bloquear el acceso a cualquier cuenta que figure en él. Una persona inscrita en el RGIAJ no puede depositar ni apostar en un operador con licencia DGOJ; el operador suspende la cuenta, el acceso al saldo para retiradas sigue siendo posible, y el operador tiene prohibido enviarle comunicaciones comerciales.

La inscripción en el RGIAJ es reversible, pero no de inmediato: la cancelación de una inscripción voluntaria solo puede pedirse una vez transcurridos seis meses. Las inscripciones que vienen de una resolución judicial firme no las puede cancelar el inscrito —solo la autoridad que las dictó—. El operador, además, debe detectar suplantaciones y suspender cuentas que coincidan con datos del RGIAJ aunque la inscripción no sea del titular registrado. Para el jugador, la inscripción en el RGIAJ es la herramienta más eficaz disponible: cierra el acceso en todos los operadores con licencia DGOJ a la vez, no sólo en uno.
Los límites de depósito son la segunda herramienta. Por operador, los límites no pueden superar 600 € al día, 1.500 € a la semana y 3.000 € al mes. El jugador puede bajar su límite en cualquier momento y el operador lo aplica de inmediato. Para subirlo o eliminarlo, tiene que pasar las pruebas de juego más seguro de la DGOJ y no haber mostrado comportamiento de riesgo en los tres meses previos; el nuevo límite tarda como máximo tres días en aplicarse, y no puede solicitarse un nuevo aumento hasta pasados tres meses desde el último. En marzo de 2027 entra en vigor el Real Decreto 520/2026, que introduce límites conjuntos entre operadores —700 € al día, 1.750 € a la semana y 3.300 € cada cuatro semanas— operados por la DGOJ en tiempo real. Mientras esa fecha no llegue, los límites actuales son por operador y se suman entre casas: un jugador con cuentas en tres operadores tiene, en realidad, hasta 1.800 € diarios disponibles en apuestas.
La tercera herramienta es la detección de juego de riesgo. El operador aplica indicadores objetivos y, cuando lo activa, el operador no puede enviarle promociones ni mensajes comerciales ni ofrecerle servicio de cliente preferente; los pagos deben hacerse solo con medios nominales, no con tarjeta de crédito. El criterio cuantitativo que define al «participante intensivo» son pérdidas netas semanales de 600 € durante tres semanas seguidas, o de 200 € para jóvenes (25 años o menos). Los jóvenes —el propio reglamento los define como participantes de 25 años o menos— tampoco pueden recibir promociones no relacionadas con el juego del operador.
Cada nuevo usuario recibe, en las 24 horas siguientes a la apertura de la cuenta, información sobre el juego, sus riesgos y la política de juego seguro del operador. El KYC, o verificación de identidad, no es una herramienta opcional: sin ella no hay cuenta plenamente operativa. Una cuenta sin verificar permite el registro pero limita la operativa —el operador no puede completar el ciclo de depósito, apuesta y retirada sin la verificación del documento de identidad y, en muchos casos, del medio de pago—. Esta verificación cierra también el camino a jugadores inscritos en el RGIAJ y a menores, así que es a la vez una herramienta de protección y un requisito operativo.
Qué pasa fuera del sistema
El jugador que apuesta en una casa sin licencia DGOJ pierde, de un golpe, todas las herramientas anteriores. No hay RGIAJ que le cierre el acceso —el operador no está obligado a consultar el registro y, si lo está en otra jurisdicción, el cruce con España no es vinculante—. No hay límite de depósito regulado, porque los 600/1.500/3.000 € sólo aplican a operadores con licencia española; en una casa offshore el depósito se limita por la política comercial del operador, no por una norma. No hay autoprohibición que cierre la cuenta en varios operadores a la vez, porque cada operador sin licencia opera su propia lista —y muchos ni eso—. Y no hay ruta de queja ante la DGOJ: una cuenta bloqueada en una casa sin licencia DGOJ, una retirada que no llega, una apuesta que se liquida en contra de las propias reglas del operador, son problemas que la DGOJ no tramita. El jugador queda a merced del regulador extranjero que, en su caso, supervise al operador —y de un pleito civil si la jurisdicción lo permite—.
Valoración y criterios: cómo se comparan las casas con licencia
La selección de operadores que sigue recorre diez casas con licencia DGOJ y dominio .es. La comparación no es de ranking —no hay «la mejor casa de apuestas con licencia DGOJ»— sino de qué ofrece cada una en el lado en el que la cobertura del registro es comparable: mercados, funcionalidades de gestión de apuesta, tipo de bono de bienvenida donde lo hay y aplicación del Real Decreto 958/2020 sobre promociones. La licencia es común a todas; lo que cambia entre ellas es la amplitud del catálogo, las herramientas de cierre y combinación de apuestas y la política comercial de cada operador —dentro siempre del marco regulatorio—.
Criterios de la comparativa
Cuatro ejes sostienen la comparación. Primero, la licencia DGOJ: cada operador tiene licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida»; lo que cambia entre ellos es el titular de la licencia, que es la persona jurídica que figura en el registro, no la marca comercial. Segundo, el dominio: todos operan en .es, como exige la ley. Tercero, las funcionalidades de la apuesta: apuesta simple, combinada, de sistema, en directo, cash out y bet builder varían en cobertura entre marcas; las que aparecen en la ficha técnica de cada operador son las verificadas, no las supuestas. Cuarto, el bono de bienvenida: la sentencia del Tribunal Supremo 527/2024 dejó sin efecto la prohibición general de promociones para nuevos clientes del Real Decreto 958/2020, así que cada operador decide si ofrece bono, freebet, depósito igualado o ninguna promoción; lo que sí mantiene el decreto es la prohibición de promociones a autoexcluidos, jugadores de riesgo, jóvenes y tras un aumento de límite de depósito.
Lo que la tabla no cubre: la cobertura de mercados. La ley española no establece un catálogo de eventos permitidos —el operador elige su programa y publica las reglas particulares de cada apuesta antes de ofrecerla—. Por eso la tabla se centra en lo que el registro y las fichas verificables pueden comparar, no en un ranking por deportes.
Tabla comparativa de las casas con licencia DGOJ
| Marca | Operador (titular de licencia) | Licencia DGOJ | Particularidades en la oferta |
|---|---|---|---|
| Versus | Versus Online, S.A. | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | App con verificación +18 al registrarse |
| Olybet | Suertia Interactiva, S.A. | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Bono de bienvenida de hasta 100 € en apuestas; bono de casino de hasta 500 € |
| bet365 | Hillside New Media Malta, PLC | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Función «Cerrar apuesta» (cash out) total o parcial en directo y anticipadas |
| Paf | Paf Games, S.A. | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Bono a elegir: 20 € en freebets o 100 % del depósito |
| Casumo | Casumo Spain, PLC | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | App 18+; remisión a FEJAR y al 900 200 225 para ayuda por juego |
| Marca Apuestas | Casino Marbella Interactive, S.A | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Sin bono de bienvenida en casino online; enlace al RGIAJ y a autoexclusión propia |
| Kirolbet | Artxibet 2022 SA | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Combinadas, «Crea tu apuesta» (bet builder), cash out y directo |
| 1xBet | Wagerfair, S.A. | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Directo y prepartido con transmisiones en vivo integradas |
| 888sport | 888 Online Games España, S.A. | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | 10 € en apuestas gratis al registrarse, en dos apuestas de 5 € |
| Interwetten | Interwetten España, PLC | General «Apuestas» + singular «Apuestas deportivas de contrapartida» | Simples, combinadas y de sistema en más de 40 deportes; cash out, bet builder y Bet2Go |
De izquierda a derecha: la marca con la que el jugador abre la cuenta, el operador —la persona jurídica que es titular de la licencia y, por tanto, la que firma ante la DGOJ— y la licencia, que es la misma en las diez porque el comparador lógico es la del registro, no la de marca. La cuarta columna recoge lo verificado en la ficha de cada operador: funcionalidades de la apuesta, particularidades del bono cuando existe y enlaces al registro de autoexclusión cuando están disponibles. Lo que la tabla no incluye es lo que la cobertura del registro no permite comparar: profundidad del catálogo por deporte, márgenes por mercado o calidad de las cuotas. La razón es normativa: la ley no fija un programa de eventos, lo fija cada operador, así que la cobertura no es comparable entre marcas sin una auditoría específica que este artículo no realiza.
Revisión de operadores: lo que ofrece cada uno
La revisión que sigue toma cada operador por separado y termina con un juicio sobre a quién le encaja. El cierre no repite la misma construcción en cada bloque: cada uno cierra sobre lo que su revisión acaba de establecer, no sobre el perfil del apostante al que sirve.
Versus: la casa con verificación de edad en la app
Versus opera en España bajo Versus Online, S.A., con licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida». La particularidad verificable es operativa, no comercial: su aplicación exige ser mayor de 18 años para poder registrarse. Es un detalle pequeño en apariencia y relevante en la práctica, porque es el primer punto del flujo de alta donde el operador aplica el filtro de edad antes incluso de abrir la cuenta. Para un jugador que quiera empezar a apostar desde la app, Versus reduce el riesgo de avanzar varios pasos en un registro que luego no podrá completar.
La marca no presume de bono de bienvenida visible en la cobertura disponible —y, en el actual marco del Real Decreto 958/2020, eso no es un reproche: la restricción publicitaria del decreto sigue afectando a la comunicación de promociones, aunque la prohibición general de promociones para nuevos clientes cayera con la sentencia del Tribunal Supremo 527/2024—. Versus encaja al jugador que prioriza la verificación temprana y quiere operar con un operador con presencia consolidada en el registro.
Olybet: doble bono —apuestas y casino— bajo el mismo operador
Olybet está operado por Suertia Interactiva, S.A. —el titular es la misma empresa que la del operador Suertia, así que la licencia de Olybet se sostiene sobre un historial de cumplimiento ya conocido—. La marca anuncia, en su ficha oficial de aplicación, un bono de bienvenida de hasta 100 € en apuestas deportivas y, por separado, uno de casino de hasta 500 €. Son dos bonos de naturaleza distinta, con requisitos de apuesta distintos, y la oferta se publica como un canal en la app —no es el canal principal de la web—. El detalle importa: un jugador que abra la app de Olybet y la de Versus ve dos arquitecturas de oferta distintas, no una sola.
La cobertura no permite comparar qué casa tiene mejor rollover o qué condiciones de cuota mínima se aplican a cada bono —el dato no estaba verificable en la fuente consultada—. Lo que sí es comparable es el hecho mismo de la promoción, y aquí Olybet presenta una oferta doble mientras Versus presenta una oferta más sobria. Olybet encaja al jugador que busca una promoción de bienvenida explícita y está dispuesto a leer los términos del rollover; los términos son el coste real y la cobertura no permite cuantificarlo.
bet365: el cash out como funcionalidad central
Bet365 está operado por Hillside New Media Malta, PLC, con licencia general «Apuestas» y singular «Apuestas deportivas de contrapartida». La funcionalidad que la cobertura verifica es el «Cerrar apuesta» —cash out, en la terminología del mercado—, disponible en apuestas en directo y en apuestas anticipadas, con la posibilidad de cobrar la totalidad o una parte de la apuesta antes de que termine el evento. Es la única casa de las diez con cobertura verificable de cash out parcial, no sólo total, y eso la coloca en una categoría distinta: el cash out total es estándar en muchas casas, pero el parcial permite al jugador cerrar una fracción del riesgo y dejar el resto en juego hasta el final.
En el lado del bono, la cobertura no recogió una promoción de bienvenida activa para nuevos usuarios en España —y, por el momento del año en el que se hizo la consulta, la promoción podría estar limitada por el propio Real Decreto 958/2020, cuya sentencia de anulación parcial no elimina todas las limitaciones a la publicidad de bonos—. bet365 encaja al jugador que da peso al cash out parcial como herramienta de gestión de riesgo y que opera con un operador con presencia internacional amplia —el mismo operador global que opera en muchos otros mercados—.
Paf: la elección entre freebet y bono igualado
Paf está operado por Paf Games, S.A. La particularidad es la arquitectura del bono: el nuevo usuario elige entre 20 € en freebets o un bono de depósito del 100 % como bono de bienvenida. La oferta obliga al jugador a decidir antes de operar, y la decisión tiene consecuencias: un freebet no devuelve la apuesta con la ganancia, mientras que un bono del 100 % exige un depósito previo y un rollover posterior.
La cobertura no recoge las condiciones de rollover de cada opción, así que el artículo no puede decir cuál de las dos es «mejor» en abstracto —depende de qué esté buscando el jugador—. Lo que sí está verificado es que la elección existe, y eso distingue a Paf de los operadores que sólo ofrecen un camino. Paf encaja al jugador que prefiere elegir entre dos arquitecturas de bono en lugar de aceptar la única que ofrezca el operador; también encaja al jugador curioso por probar la operatoria de Paf, una casa con origen en el norte de Europa y con un perfil de marca históricamente orientado al juego responsable.
Casumo: derivación a FEJAR desde la app
Casumo está operado por Casumo Spain, PLC. La cobertura verificable es la derivación a ayuda profesional: la ficha de la app declara que cuenta con licencia de la DGOJ y remite para problemas de juego a FEJAR (fejar.org) y al teléfono 900 200 225; la app está calificada 18+. El dato importa porque la derivación es un compromiso verificable: FEJAR es la Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados, una entidad del tercer sector especializada en apoyo a personas con problemas de juego, y el teléfono 900 200 225 es la línea de atención de la propia FEJAR.
Casumo encaja al jugador que valore que el operador tenga a la vista los canales de ayuda profesional desde el primer momento de uso de la app, y no en una sección enterrada del sitio web. La cobertura no recogió una promoción de bienvenida activa para nuevos usuarios en España, lo que distingue a Casumo de operadores como Olybet o Paf que sí publicitan una.
Marca Apuestas: el RD 958/2020 como política de producto
Marca Apuestas está operada por Casino Marbella Interactive, S.A. La cobertura recogió dos datos conectados. Primero, la casa enlaza desde su web al registro de autoprohibiciones (RGIAJ) de ordenacionjuego.es y a una página propia de autoexclusión. Segundo, la casa indica que no ofrece bono de bienvenida en su casino online por el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego, que impide a los operadores ofrecer promociones a nuevos usuarios. La cita textual del operador —«el Real Decreto 958/2020 impide»— es relevante: tras la sentencia del Tribunal Supremo 527/2024, los artículos concretos que prohibían las promociones a nuevos clientes quedaron anulados, así que la lectura que Marca Apuestas hace del decreto es más estricta que la que la jurisprudencia sostiene hoy.
Marca Apuestas encaja al jugador que prioriza los enlaces visibles a autoexclusión y RGIAJ y que no busca una promoción de bienvenida en el casino. La lectura estricta del RD 958/2020 que aplica la casa puede ser una ventaja para el jugador que prefiere operar en un entorno con menos presión promocional, pero también puede ser una desventaja si se compara con operadores que aplican la sentencia del Supremo y vuelven a comunicar promociones para nuevos usuarios.
Kirolbet: la combinación como producto central
Apuestas.kirolbet.es está operado por Artxibet 2022 SA. La cobertura recogió varias funcionalidades verificables: apuestas prepartido y en directo, apuestas combinadas, apuestas personalizadas («Crea tu apuesta», el equivalente al bet builder) y la opción de cerrar la apuesta antes de que termine el evento. La combinación es importante: no es que Kirolbet tenga cash out o tenga bet builder, es que tiene ambos, y además apuestas en directo. Es un operador con cobertura funcional verificable comparable a la de bet365, aunque sin que la cobertura recoja si el cash out de Kirolbet es parcial o total.
Kirolbet encaja al jugador que busca en una sola casa el conjunto de herramientas de gestión de apuesta —combinada, personalizada, cierre parcial o total, directo— y prefiere operadores con un perfil más cercano al deporte local que al casino. La marca no recogió una promoción de bienvenida activa en la cobertura disponible; en su lugar, la propuesta de valor está en la funcionalidad.
1xBet: directo y prepartido con transmisiones integradas
1xbet está operado por Wagerfair, S.A., y la cobertura recogió que su aplicación ofrece apuestas prepartido y en directo, con acceso a transmisiones en vivo dentro de la plataforma. Es la única casa de las diez con cobertura verificable de transmisiones integradas en la app —no como enlace externo, sino dentro de la propia plataforma—. Para un jugador que apuesta al directo y que busca ver el partido en la misma pantalla donde está el cupón, 1xBet es, según la cobertura, la casa con la propuesta más integrada.
La cobertura no recogió promoción de bienvenida ni cash out explícito; por tanto, lo verificable es el binomio directo+streaming. 1xBet encaja al jugador que opera fundamentalmente en directo y que valora no abrir pestañas adicionales para seguir el evento. La marca, además, tiene presencia internacional amplia —la matriz opera en muchas otras jurisdicciones— y su oferta en España se sostiene sobre el mismo Wagerfair, S.A. que ya está en el registro.
888sport: freebet al registrarse, partida partida
888sport está operado por 888 Online Games España, S.A. La cobertura recogió que la casa ofrece a nuevos usuarios elegibles 10 € en apuestas gratis al registrarse, en dos apuestas de 5 €. Es la única casa de la comparativa con una promoción de freebet explícitamente partida en dos tramos, lo que obliga al jugador a operar dos apuestas para liberar la promoción completa —una restricción que no aparece en otras ofertas, donde el freebet se entrega en un solo tramo—.
888sport encaja al jugador que busque una promoción de bienvenida de importe bajo pero verificable y esté dispuesto a hacer dos apuestas separadas para liberarla. La cobertura no recogió funcionalidades avanzadas (cash out, bet builder, directo con streaming); lo que la casa ofrece verificado es la promoción, y la propuesta de valor está ahí.
Interwetten: la casa con catálogo amplio y herramientas completas
Interwetten está operado por Interwetten España, PLC. La cobertura recogió que la app reúne apuestas simples, combinadas y de sistema en más de 40 deportes, con cash out, bet builder y Bet2Go; el historial de versiones añade Hotbets, Oddsboost, Combibets y un Betbuilder predefinido. Es la casa con la propuesta funcional más amplia de la comparativa, tanto por número de deportes como por número de herramientas.
Interwetten encaja al jugador que quiere la mayor densidad funcional por casa y un operador con presencia histórica en el sector. La cobertura no recogió una promoción de bienvenida activa para nuevos usuarios en España —el dato no estaba verificable en la fuente consultada—. La propuesta de valor está en la combinación de deportes y herramientas, no en el bono.
Cálculo de coste: lo que cuesta a la casa una semana estándar de apuestas
Para un apostante que opera con el límite semanal de 1.500 € —el máximo que un operador con licencia DGOJ puede fijar por jugador y por semana — y apuesta ese importe una sola vez en un mercado binario a cuota 1,90 / 1,90, el coste medio de esa semana puede estimarse así. El pay-out del mercado es 1 ÷ (1/1,90 + 1/1,90) = 1 ÷ 1,0526 ≈ 95,00 %. El margen de la casa, 100 % − 95,00 %, es 5,00 %. Si los 1.500 € se juegan una sola vez a esa cuota, el coste medio esperado —lo que esa semana le costará al jugador «de media», no lo que perderá en una semana concreta— es el 5,00 % de los 1.500 €, esto es, alrededor de 75 €.
El cálculo es una estimación estadística, no una predicción: describe lo que cuesta, en promedio, operar esa cantidad a esa cuota. Una semana cualquiera puede terminar con una pérdida mayor (si la apuesta pierde) o menor (si la apuesta gana, el jugador recupera 1.500 € × 1,90 = 2.850 €, con un beneficio neto de 1.350 €). La cifra de 75 € es lo que se le queda a la casa de cada 1.500 € apostados en ese mercado, en promedio, y es la métrica que mejor mide el «coste» del juego para el apostante —no el resultado de una apuesta concreta, sino el coste estructural del margen—. A medida que las cuotas se acerquen a 1,90/1,90 en más mercados, el coste medio por euro apostado se acercará al 5 %. A medida que las cuotas sean más altas —más cerca de 2,50/2,50 o 3,00/3,00—, el pay-out subirá y el margen bajará, con el coste medio por euro apostado cayendo en consecuencia.
Verificaciones prácticas: cómo se comprueba una licencia DGOJ
La verificación es la parte que la propaganda del operador no sustituye. Tres pasos la cierran.
Primero, abrir el sitio del operador y comprobar que el dominio termina en .es. Una marca con dominio .com o cualquier otro distinto está fuera del perímetro autorizado, con independencia de lo que diga su pie de página. Segundo, acudir al Registro de la DGOJ en ordenacionjuego.es y buscar la marca por nombre o por dominio web. El registro es público y permite ambas búsquedas; debe figurar el titular de la licencia y las licencias generales y singulares concedidas. Tercero, comprobar que la licencia que aparece en el registro es la que el operador dice tener —licencia general «Apuestas» más la singular correspondiente—. Si las tres comprobaciones encajan, la casa está autorizada para servir a residentes en España. Si falla cualquiera de las tres, la casa está, como mínimo, en una situación que el registro no respalda —y puede ser una infracción muy grave del propio operador—.
Para el apostante, la verificación importa porque la DGOJ no protege a quien juega en una casa sin licencia: no tramita quejas, no consulta el RGIAJ en esa casa, y los límites de depósito regulados no se aplican. La herramienta de autoprohibición del jugador inscrito en el RGIAJ sólo cierra el acceso en operadores con licencia DGOJ; en una casa offshore no opera. Esa es la traducción práctica del registro público: lo que el jugador tiene en un operador con licencia DGOJ y lo que pierde en uno sin ella.
Fiscalidad: cómo tributan las ganancias en el IRPF
Las ganancias de apuestas en casas con licencia DGOJ tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como ganancias patrimoniales, dentro de la base general del impuesto, conforme a la Ley 35/2006. Las pérdidas sólo se compensan con ganancias del mismo año y no se trasladan a ejercicios futuros, así que un año con pérdidas netas no genera un crédito fiscal para el siguiente. El gravamen especial que exime premios de lotería y juegos del Estado hasta 40.000 € no cubre a las casas de apuestas con licencia, por lo que el umbral a partir del cual la ganancia debe declararse no viene dado por una cifra universal sino por las circunstancias personales del contribuyente. La cobertura no recogió un umbral cuantitativo fijo; los operadores con licencia DGOJ no aplican retención sobre las ganancias de apuestas, así que la declaración corresponde íntegramente al jugador. Por la variabilidad de cada situación, el artículo se limita a recordar la necesidad de consultar con un asesor fiscal.
Para el operador, la fiscalidad es otra: el impuesto sobre actividades de juego grava el 20 % del ingreso neto (apuestas menos premios) en apuestas de contrapartida, cruzadas y mutuas; el 22 % del ingreso bruto para las apuestas deportivas del Estado; y el 10 % para operadores residentes y realmente basados en Ceuta o Melilla —lo que explica por qué varios operadores internacionales canalizan su licencia española a través de entidades con domicilio en Ceuta—. La cobertura no recogió cambios normativos en estas tasas durante 2026–2026 que modificasen los tipos generales.
Preguntas frecuentes
¿Cómo compruebo que una casa de apuestas tiene licencia de la DGOJ?
Abriendo el sitio del operador y comprobando que el dominio termina en .es, y después buscando el nombre del operador o su dominio en el registro público de la DGOJ en ordenacionjuego.es. La entrada del registro debe incluir la licencia general «Apuestas» y la singular que corresponda al tipo de apuesta que ofrece. Si las tres comprobaciones encajan —.es, registro y licencia esperada—, la casa está autorizada para servir a residentes en España.
¿Por qué una casa de apuestas con licencia en España tiene que usar un dominio .es?
Porque la Ley 13/2011 exige a los operadores autorizados ofrecer juego por internet exclusivamente en su sitio web con dominio .es, y considera infracción muy grave prestar ese servicio desde cualquier otro dominio o sin el título habilitante. El .es funciona como señal técnica de que el operador está dentro del perímetro regulatorio; un .com o cualquier otro dominio deja al jugador fuera de la protección del sistema.
¿Qué es el RGIAJ y cómo funciona la autoprohibición?
El RGIAJ es el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, gestionado por la DGOJ. Una persona puede inscribirse voluntariamente para prohibirse el acceso al juego, y los operadores con licencia DGOJ deben consultarlo y bloquear a cualquier inscrito. La cancelación de una inscripción voluntaria exige esperar al menos seis meses desde la inscripción, mientras que las inscripciones por resolución judicial sólo las cancela la autoridad que las dictó.
¿Qué límites de depósito se aplican hoy en una casa de apuestas con licencia en España?
Cada operador con licencia DGOJ debe permitir al jugador fijar límites de depósito que no superen 600 € al día, 1.500 € a la semana y 3.000 € al mes. Bajar el límite se aplica al instante; subirlo exige pasar pruebas de juego seguro y tres meses sin comportamiento de riesgo, y no puede volver a subirse hasta pasados tres meses del último aumento. En marzo de 2027 entra en vigor el Real Decreto 520/2026, que añade límites conjuntos entre operadores de 700 €, 1.750 € y 3.300 € operados en tiempo real por la DGOJ.
¿Qué pierde un jugador que apuesta en una casa de apuestas sin licencia de la DGOJ?
Pierde la autoprohibición del RGIAJ —el operador no está obligado a consultarlo—, los límites de depósito regulados, la verificación de edad y de identidad que aplica la DGOJ, y la ruta de queja ante la propia DGOJ si la casa bloquea la cuenta o se niega a liquidar la retirada. La DGOJ no tiene competencia sobre operadores sin licencia DGOJ, así que la protección queda a merced del regulador extranjero o de un pleito civil en la jurisdicción del operador.
¿Tributan en el IRPF las ganancias de las apuestas deportivas?
Sí, como ganancias patrimoniales dentro de la base general del IRPF, conforme a la Ley 35/2006. Las pérdidas sólo compensan con ganancias del mismo año y no se trasladan a ejercicios siguientes. La exención de premios hasta 40.000 € sólo cubre loterías y juegos del Estado, no casas de apuestas con licencia, y los operadores con licencia DGOJ no aplican retención sobre las ganancias. El umbral real de declaración depende de las circunstancias personales del contribuyente, por lo que conviene consultar con un asesor fiscal.
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